El presente asunto deriva de la negativa del registro por parte del Instituto Electoral del Estado de Quintana Roo de la candidatura de José Luis Toledo Medina a presidente municipal de Benito Juárez de la citada entidad federativa, postulada por la coalición “Por Quintana Roo al Frente”, al considerar que incumplió con el requisito de elegibilidad establecido en el artículo 136, párrafo 1, de la Constitución local, consistente en acreditar la residencia y vecindad en el municipio no menor a cinco años.