EL TEPJF declara la inaplicación del límite de la financiación privada para los candidatos independientes (SUP-JDC-222-2018)

En esta decisión, muy importante, la sala superior del TEPJF declaró la inaplicación de la porción normativa del artículo 399 de la LEGIPE que establece la regla sobre el límite de financiamiento privado que pueden recibir los candidatos independientes, consistente en el 10% del tope de gasto para la elección de que se trate. La norma diferencia, bajo el punto de vista de la financiación, los partidos políticos respecto a los candidatos independientes.

SUP-JDC-0222-2018 (COMENTARIO)

SUP-JDC-0222-2018